Asesoría en el Cobro de Derechos de Agua Potable y el Impuesto Predial

Este servicio se ofrece a municipios que administran directamente tanto el suministro de agua potable como el cobro del impuesto predial. Las gestiones realizadas incluyen tanto el cobro de derechos por el suministro de agua potable como el cobro del impuesto predial, con procedimientos similares en ambos casos, que incluyen los siguientes pasos: Video Explicativo

I. Revisión y Rectificación de Multas y Recargos

Se realiza una revisión exhaustiva de la aplicación de multas, recargos y gastos de ejecución, tanto para los derechos de agua potable como para el impuesto predial, garantizando que las cifras sean calculadas de acuerdo con las normativas fiscales correspondientes.

II. Determinación de la Obligación Fiscal

Se calculan de forma líquida las obligaciones tributarias tanto para el derecho de agua potable como para el impuesto predial, basándose en las tasas y bases establecidas en las normativas correspondientes. Se generan los documentos necesarios, tales como las determinaciones y las actas de notificación, que se imprimen y notifican conforme al procedimiento legalmente establecido.

III. Gestión de Cobro

Se lleva a cabo la gestión activa de cobro tanto de los derechos por el suministro de agua potable como del impuesto predial. Se prioriza la notificación de los plazos y la difusión de beneficios por el pago oportuno de ambos impuestos.

IV. Asesoría en Procedimiento Administrativo de Ejecución

Se brinda asesoría en los procedimientos administrativos de ejecución, tales como la generación de requerimientos de pago, la ejecución de embargos, y la elaboración de las actas de diligencia necesarias para el cobro tanto de los derechos de agua potable como del impuesto predial.

V. Inscripción de Embargos y Registros Legales

Se lleva a cabo el proceso de inscripción de embargos y otros registros legales en la Dirección del Registro Público y de Comercio, conforme a lo dispuesto en la ley, hasta que el municipio determine la fase final del proceso, ya sea para los derechos de agua potable o el impuesto predial.

VI. Expedientes Físicos y Electrónicos

Durante todo el proceso, se integran y mantienen expedientes tanto físicos como electrónicos, garantizando un registro adecuado y conforme a la normatividad vigente para ambos servicios (agua potable e impuesto predial).

Nota: Este servicio está disponible únicamente para municipios que administran directamente tanto el servicio de agua potable como el cobro del impuesto predial.

Gestión de Cobranza de Creditos de Impuesto Predial y Agua Potable